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Modificaciones de la reforma de la Ley de Tráfico

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2014-04-14
Se ha aprobado en el Congreso la nueva reforma de la Ley de Tráfico que ha incluido importantes modificaciones y novedades. Los cambios producidos entrarán en vigor dentro de un mes, una vez que hayan sido inscritos en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

 

Se ha aprobado en el Congreso la nueva reforma de la Ley de Tráfico que ha incluido importantes modificaciones y novedades. Los cambios producidos entrarán en vigor dentro de un mes, una vez que hayan sido inscritos en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

 

-Velocidad 
La reforma plantea la subida de la velocidad máxima a 130km/h en algunos tramos de autovías o autopistas. 

En carreteras convencionales: el límite sufre una reducción de 90 km/h a 70 km/h, según el tramo de este tipo de vías. En los centros urbanos: Algunas calles se reducen de 50km/h a 30km/h ó 20 km/h. 

Los detectores de radares, legales hasta ahora, pasan a estar prohibidos con una sanción de 200 € y pérdida de 3 puntos del carnet. En el caso de los inhibidores de radares, se mantiene la multa de 6.000 euros y la retirada de 6 puntos. Sí están permitidos los avisadores de radares. 


- Alcohol y drogas 
Aumenta la multa para los conductores que conduzcan bajo los efectos del alcohol o las drogas, pudiendo ascender a la cifra de 1.000 €, el doble de lo estipulado anteriormente. 

En concreto se multará con 500 € al conductor que supere la tasa de alcohol permitida y con 1.000 € a los que la dupliquen. No quedan exentos de sanción los peatones, ya que pueden ser multados si cometen una infracción bajo los efectos del alcohol o las drogas. 


- Ciclistas 
Los menores de 16 años deberán llevar casco obligatorio por ciudad, en caso de circular por carretera es obligatorio para todas las edades

Los ciclistas podrán circular por cualquier vía por debajo del límite mínimo de circulación (mitad de la velocidad máxima de la vía). Las bicicletas no podrán ser inmovilizadas aunque el conductor de la misma sea multado. 


- Restricciones por contaminación 
A los vehículos con una alta tasa de contaminación, se les pueden negar la circulación por la vía. Esta medida se encuentra a la espera de establecer los límites permitidos. 


- Animales en la carretera 
Si se produce un accidente de tráfico provocado por un animal cinegético, el responsable de los daños producidos será el conductor, siempre que la carretera advierta de la posibilidad de que aparezca uno de los animales y el perímetro esté vallado correctamente. En caso contrario, el titular de la vía será el responsable. 


- Niños 
La obligación de sistemas de retención infantil (SRI) deja de tomar como referencia edad y peso para sustituirlo por la talla del niño. Todo menor por debajo de 1,35 metros deberá usar el sistema de seguridad. 

Nunca podrán viajar en el asiento delantero los niños que no lleguen a esta talla, a excepción de que el resto de asientos estén ocupados por menores. El incumplimiento puede ser motivo de inmovilización del vehículo


- Multas de nueva creación 
La caída o pérdida de la carga de un vehículo que suponga un peligro para el resto de conductores puede ser sancionable. Además, en caso de dañar las infraestructuras de circulación, el conductor del vehículo deberá pagar los gastos de reparación de la misma. 

También su multará el desarrollo de obras en la vía pública sin una autorización previa a la autoridad responsable. 


- Modificaciones en las sanciones 
Los agentes denunciantes de una infracción no estarán obligados a parar al vehículo para notificarle la sanción, siempre que el agente es encuentre en labores de control del tráfico y no tenga medios para perseguir al vehículo infractor. 

Los conductores sancionados tendrán cinco días más para presentar alegaciones o pagar voluntariamente una multa, quedando así en 20 días naturales. Las grúas que estén realizando un servicio en carretera tendrán prioridad sobre el resto de vehículos. 


- Vehículos extranjeros matriculados en España 
Los vehículos de residentes extranjeros que se utilicen en territorio español deben de estar matriculados obligatoriamente en España. 

Aumenta la cooperación entre fronteras de la Unión Europea, esto supone que si un vehículo matriculado en la UE comete una infracción de tráfico, será más sencillo que la sanción sea registrada.

 

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